Congreso aprueba reforma al Código Penal con cambios en libertad expresión
El Congreso Nacional ha dado luz verde a una reforma integral del Código Penal que redefine los límites legales sobre la libertad de expresión, la difamación y el uso de contenidos digitales. La nueva normativa ajusta la terminología de delitos como el acoso cibernético y establece criterios específicos para la protección de opiniones críticas contra funcionarios públicos. El proyecto se encuentra ahora en manos del Poder Ejecutivo, donde el presidente Luis Abinader deberá decidir sobre su promulgación oficial.
Sanciones por montajes y difamación
La legislación mantiene un enfoque punitivo hacia la creación o difusión de imágenes y audios alterados mediante herramientas digitales. Según el artículo 192, quienes realicen montajes que afecten el honor o la intimidad de terceros podrían enfrentar penas de prisión que oscilan entre los dos y cinco años. Por otro lado, la reforma reduce significativamente las sanciones por difamación general, pasando de un máximo de cinco años a un rango de uno a dos años de reclusión. Asimismo, se endurece la redacción sobre la difamación extorsiva, incluyendo a quienes amenacen con revelar información para obtener beneficios, con penas de cinco a diez años.
Protección a la crítica y límites al ultraje
En cuanto a la fiscalización de la gestión pública, la reforma introduce garantías para proteger a quienes difundan investigaciones sobre corrupción o políticas estatales, siempre que exista una verificación razonable de los hechos. El texto legal excluye de la figura de acoso a las sátiras, memes e investigaciones periodísticas, siempre que estén sustentadas en datos comprobables. Finalmente, el delito de ultraje ha sido restringido exclusivamente al ámbito judicial, limitándose a ofensas contra jueces, fiscales o auxiliares de la justicia que busquen entorpecer procesos legales o menoscabar la dignidad de la función jurisdiccional.
Fuente: Política