Entran en vigor sanciones penales para empresas ante retraso en prórroga
A partir de este jueves 5 de noviembre, las empresas dominicanas quedan sujetas a responsabilidad penal por delitos cometidos por sus directivos o empleados. Aunque el Congreso Nacional aprobó una modificación legal para aplazar estas disposiciones hasta mayo de 2028, la falta de promulgación y publicación oficial por parte del Poder Ejecutivo mantiene vigente el marco normativo actual. La normativa, establecida en la Ley 44-26, obliga a las personas jurídicas a enfrentar posibles sanciones judiciales si no cumplen con los estándares legales exigidos.
Sanciones y procesos judiciales
El nuevo régimen penal contempla medidas severas que incluyen multas económicas, el cierre temporal o definitivo de establecimientos y la revocación de licencias operativas. Asimismo, las empresas podrían enfrentar la inhabilitación para contratar con el Estado o incluso la disolución total de la entidad. Para que estas penas sean aplicadas, debe existir un proceso judicial previo que determine la responsabilidad de la compañía, evaluando además la eficacia de sus mecanismos internos de control y prevención.
Situación de la prórroga legislativa
El Senado y la Cámara de Diputados acordaron modificar el artículo 31 de la Ley 44-26 para extender el plazo de entrada en vigor hasta el 5 de mayo de 2028. Sin embargo, el proceso constitucional requiere la firma del presidente Luis Abinader y su posterior publicación para que la medida tenga efectos jurídicos reales. Organizaciones como el Conep y la ANJE habían solicitado celeridad en este trámite, argumentando que el sector privado, especialmente las pequeñas empresas, requiere más tiempo para adaptar sus estructuras internas a las nuevas exigencias legales.
Fuente: Actualidad