Hasta 20 años de prisión por muertes en accidentes de tránsito
El nuevo Código Penal dominicano, vigente desde agosto de 2026, establece sanciones severas para los conductores que provoquen accidentes fatales. La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, advirtió que no es necesario poseer una intención directa de causar la muerte para enfrentar penas privativas de libertad. La gravedad de la condena dependerá estrictamente de las circunstancias del hecho y de los elementos probatorios que logre presentar el Ministerio Público ante los tribunales.
Sanciones por conducción temeraria
Las autoridades enfatizaron que acciones irresponsables, como conducir bajo los efectos del alcohol tras salir de una celebración, conllevan consecuencias legales mucho más graves que una simple multa o la suspensión de la licencia de conducir. En casos donde se produzca el fallecimiento de una persona debido a estas conductas, el responsable podría ser sentenciado a cumplir hasta 20 años de prisión. Esta medida busca endurecer el marco legal frente a la imprudencia al volante en el territorio nacional.
La aplicación de estas penas responde a la necesidad de castigar con mayor rigor los siniestros viales evitables. El Ministerio Público se mantiene enfocado en la recolección de pruebas contundentes para asegurar que los conductores asuman la responsabilidad penal correspondiente. La normativa vigente marca un precedente importante en la persecución de delitos cometidos durante la conducción, priorizando la seguridad ciudadana y la justicia para las víctimas de accidentes.
Fuente: Actualidad