Tribunal Constitucional ordena actualizar registros del Parque Nacional Jaragua
El Tribunal Constitucional ratificó una sentencia que obliga al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales a actualizar el Catastro Nacional de Áreas Protegidas. La medida responde a un litigio iniciado por la empresa Inversiones del Sur, SRL, la cual reclama que cuatro parcelas específicas fueron excluidas del Parque Nacional Jaragua tras la promulgación de la Ley 266-04. Con esta decisión, la alta corte mantiene el criterio previo del Tribunal Superior Administrativo sobre el cumplimiento de las obligaciones legales de la institución ambiental.
Alcance y límites de la sentencia
La alta corte enfatizó que este fallo se limita estrictamente a exigir que el Ministerio de Medio Ambiente mantenga sus registros y cartografía oficial al día conforme a la legislación vigente. El tribunal aclaró que la resolución no constituye una determinación definitiva sobre la propiedad de los terrenos ni establece técnicamente si las parcelas se encuentran dentro o fuera del área protegida. Según los magistrados, el objetivo principal es asegurar que el Catastro Nacional refleje las modificaciones territoriales ya reconocidas por el ordenamiento jurídico dominicano.
Disidencia sobre el fallo
La decisión no contó con el respaldo unánime de los jueces, ya que el magistrado José Alejandro Vargas Guerrero emitió un voto disidente. El juez argumentó que el tribunal de amparo se extralimitó en sus funciones al ordenar la actualización respecto a parcelas específicas, señalando que tales definiciones sobre linderos y derechos inmobiliarios corresponden exclusivamente a la jurisdicción de tierras. Vargas Guerrero cuestionó la contradicción entre la negativa del tribunal a definir la titularidad de los terrenos y la orden de actualizar el registro basándose en la exclusión de dichas propiedades del parque.
Fuente: Actualidad